[resumen.cl] La Corte Suprema confirmó hoy viernes 10 de marzo la ampliación del desafuero del diputado Rosauro Martínez Labbé, investigado por el asesinato de cuatro militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR) en 1981, hechos ocurridos en el sector cordillerano de Neltume, comuna de Panguipulli.
En fallo unánime (causa rol 4071-2017), el pleno del máximo tribunal confirmó la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que privó al ex mayor de ejército, ex alcalde designado de Chillán, ex diputado RN por Chillán, Rosauro Martínez Labbé de fuero parlamentario por su responsabilidad en los homicidios de René Eduardo Bravo Aguilera, Julio César Riffo Figueroa, Raúl Rodrigo Obregón Torres y Pedro Juan Yáñez Palacios.
El 17 de junio de 2014, la Corte Suprema había dejado sin inmunidad parlamentaria al diputado Martinez Labbé, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Próspero del Carmen Guzmán Soto, Patricio Alejandro Calfuquir Henríquez y José Eugenio Monsalve Sandoval, ilícitos perpetrados el 20 de septiembre de 1981, en el sector de Remeco Alto, comuna de Panguipulli.
En la causa, el 11 de septiembre del mismo año 2014, la ministra Emma Díaz Yévenes sometió a proceso al desaforado diputado por su responsabilidad en los tres homicidios.
La Corte Suprema confirma así nuevamente lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valdivia el 5 de enero pasado que accedió a la ampliación de desafuero por estimar que: «de acuerdo a lo razonado en los fundamentos anteriores, y habiéndose verificado en la presente gestión la concurrencia de los presupuestos exigidos por el artículo 612 del Código de Procedimiento Penal para dar a lugar a la formación de causa respecto del diputado señor Rosauro Martínez Labbé, se accederá a la petición de desafuero formulada por los querellantes (...)».
«Lo anterior (testimonios) deja en evidencia que efectivamente existió alguna vinculación entre la compañía de Comandos y los efectivos de la CNI en las actividades de antiguerrilla, la que se materializaba precisamente por intermedio del aforado. Ahora bien, determinar los términos precisos en que dicha relación se verificó, si la potestad de mando era ejercida por ambos capitanes de manera coordinada o no, constituyen circunstancias que deben indagarse en la correspondiente investigación, pues se trata precisamente de cuestiones que en esta etapa de ante juicio al menos quedan controvertidas, pues orientan en uno u otro sentido, empero que aun permite sostener una fundada sospecha de participación respecto de Rosauro Martínez Labbé en los dichos investigados» agrega la sentencia.
La causa rol N° 1675-2003 que investiga los sucesos de Neltume 81 ha sido tramitada en los últimos años por la ministra especial Emma Díaz de la Corte de Apelaciones de Valdivia; sin embargo, en lo sucesivo, será sustanciada por el ministro especial para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, por disposiciones o reordenamiento efectuado por la Corte Suprema a comienzos de febrero de este año.