[resumen.cl] El ministro en visita para causas por violaciones de los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó sentencia de primera instancia por los homicidios calificados de Rolando Juan Rodríguez Cordero y Mauricio Jean Carrasco Valdivia, ilícitos perpetrados en octubre de 1976, en la actual comuna de Macul, en la Región Metropolitana.
En el fallo (causa rol 326-2010), el ministro Carroza condenó a los ex miembros de la Dirección de Inteligencia de Carabineros (Dipolcar), el ex coronel Sergio Heriberto Ávila Quiroga, el ex suboficial Hugo Ignacio Godoy Andías y, el ex sargento José Luis Contreras Valenzuela a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro en visita logró establecer los siguientes hechos:
«Rolando Juan Rodríguez Cordero, de 31 años a la fecha de los hechos, y Mauricio Jean Carrasco Valdivia, de 25 años a la misma época, eran a la época en que ocurren los hechos, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR;
Que, el día 20 de octubre de 1976, los antes mencionados se dirigen al sector de calle Los Plátanos con Las Dalias, de la comuna de Macul, para reunirse con un contacto, alumno de la Escuela de Suboficiales de Carabineros de Chile, quien les vendería un uniforme de dicha institución y municiones, sin embargo y por la información proporcionada sobre este hecho por el propio contacto antes referido, personal de DIPOLCAR que manejaba esa información, se traslada al lugar para detenerlos en el momento de la «supuesta entrega»;
Que, para asegurar el operativo, el personal de la DIPOLCAR articula un montaje, que tuvo como finalidad no sólo detener a las víctimas, sino que también ejecutarlas, por cuanto se aparenta un falso enfrentamiento para justificar sus muertes;
Que, así las cosas, antes de las 19:00 horas del mismo día, Rodríguez Cordero y Carrasco Valdivia, mientras esperaban realizar el punto de encuentro y la transacción, funcionarios de DIPOLCAR se les acercan y les disparan, resultando herido Rolando Rodríguez Cordero, quien fallece posteriormente en el Hospital de Carabineros, por herida de bala tóraco abdominal con salida de proyectil, cuya trayectoria es de izquierda a derecha, de abajo arriba y muy levemente de atrás adelante, además de presentar dos heridas de bala transfixiantes, una en el miembro superior derecho y, la otra, en el miembro inferior izquierdo, ambas con salida de proyectiles, mientras que Mauricio Carrasco Valdivia muere en el lugar mismo de los hechos, a consecuencia de una herida a bala tóraco-abdominal reciente, con salida de proyectil y anemia aguda, disparo de corta distancia, cuya trayectoria intra corporal es de delante hacia atrás, de arriba hacia abajo y ligeramente de derecha a izquierda».
Los condenados se encuentran en libertad provisional y sólo ingresarían a cumplir condena, luego de las apelaciones sucesivas, una vez que la sentencia sea ratificada, notificada y ejecutoriada.