Corte Suprema rechazó recurso de exalcalde de Lautaro y ratificó su condena por abuso sexual

El máximo tribunal del país descartó infracción al debido proceso y confirmó la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco que condenó al exalcalde de Lautaro, Raúl Schifferli Díaz, a 4 años de presidio como autor de abuso sexual de mayor de 14 años, ilícito cometido en junio de 2020 en la comuna.

Por J. Murieta

El TOP de Temuco acreditó en octubre pasado que el edil cometió una agresión sexual en su hogar, durante junio del 2020 contra una mujer a la que Schiferlli había llamado para un encuentro en su domicilio, ya que ella le había solicitado ayuda económica.

La Corte Suprema rechazó recurso de nulidad en contra de la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco que condenó al exalcalde de Lautaro a 4 años de presidio como autor de abuso sexual de mayor de 14 años.

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La Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y el abogado (i) Diego Munita- descartó infracción al debido proceso al interrumpir el testimonio de un perito en el juicio oral.

Según sostiene el fallo:

"Que, entonces, aun cuando efectivamente el juez presidente comete un error al no permitir al perito seguir refiriéndose a lo que es parte de su informe admitido por el juez de garantía e incluido en el auto de apertura, lo decisivo en el caso de marras, es que la información que interesaba incorporar a la defensa al juicio efectivamente fue introducida, y constituye, además, información ni siquiera discutida por el Ministerio Público y la parte querellante, por lo que el referido error carece de toda sustancialidad, pues los jueces de la instancia tomaron conocimiento de las conclusiones del informe N° 221/220 y no obstante ellas, no fueron suficientes para alterar su convicción condenatoria. Por tales razones la causal en examen no puede prosperar"

Schifferli cumplira condena a 4 años de presidio con el beneficio de libertad vigilada intensiva, por lo que no pisará la cárcel y a la inhabilidad absoluta para cargos y oficios públicos.

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