[resumen.cl] La acción judicial contra la Corporación Nacional Forestal se origina luego que el organismo desconociera la necesidad de realizar una consulta indígena a partir de la alteración de bosque de guindo santo y naranjillo que arrastraría el proyecto hidroeléctrico Central Rucalhue.
Este viernes, comunidades y organizaciones sociales realizaron un punto de prensa en las afueras de los Tribunales de Justicia de Concepción. En el lugar, se anunció el ingreso de un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Concepción dirigido contra la Corporación Nacional Forestal (Conaf) que dio luz verde a la continuación del proyecto hidroeléctrico Central Rucalhue.
El recurso en cuestión apunta contra la autorización de Conaf que permitiría intervenir especies protegidas sin consulta indígena, apuntando a la suspensión del proyecto hasta que se realice el debido proceso conforme al Convenio N°169 de la OIT. En este sentido, el recurso de protección se dirige contra la intervención de 651 individuos de especies en categoría de protección "vulnerable", específicamente 144 naranjillos (Citronella mucronata) y 507 guindos santos (Eucryphia glutinosa).
El proyecto hidroeléctrico existe como iniciativa desde el año 2013, obteniendo su Resolución de Calificación Ambiental positiva y pasando a manos de capitales chinos en 2018. Durante poco más de una década, el proyecto ha protagonizado un historial de conflictividad e impactos en el territorio.
Dungün Leü de la Agrupación Malen Leubü, cuyas integrantes habitan en el territorio donde se pretende instalar el proyecto, señaló: "Llevamos casi 30 años viviendo con represas y siendo víctimas del extractivismo. Necesitamos que el mundo sepa que las represas no son energías limpias, no queremos que sigan represando el río, no queremos más inundaciones. Seguimos en lucha por una vida libre de intervenciones, donde podamos desarrollar nuestro mapuche mongen con dignidad y seguridad».
Por su parte Nohad Escares, directora de la ONG Defensa Ambiental, explicó que el recurso «se interpone a favor de autoridades ancestrales pewenche del territorio. CONAF, al dictar esta resolución, no consideró que existía la necesidad de realizar una Consulta Indígena, la que se debe aplicar al momento de tomar decisiones en asuntos ambientales, como lo es la intervención de una gran cantidad de especies en categoría de conservación vulnerable».
Por otro lado, Javier Arroyo Olea, parte del Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA). explicó que «se ha desconocido el rol de las comunidades pewenche del territorio, invisibilizándolas e incluso implicando la vulneración del Acuerdo entre el Estado chileno y las comunidades ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de 2004 donde se comprometió a asegurar la no intervención de hidroeléctricas en territorio mapuche».
La comunidad afectada y sus representantes esperan que la Corte acredite la vulneración de derechos fundamentales de los pueblos indígenas y exija el cumplimiento de los estándares internacionales establecidos para la protección de sus derecho, en base al recurso interpuesto a favor de cuatro machi y una lawentuchebe del territorio.