Dos carabineros son condenados a 540 días por tortura a poblador de Peñalolén durante primeros días del Estallido Social

[resumen.cl] El 13° Juzgado de Garantía de Santiago declaró culpables a los funcionarios de Carabineros Luis Zurita Alarcón y Jonathan Valdivieso Durán de participación en el delito de «apremios ilegítimos» (tortura) contra el poblador de Peñalolén J.F.C.D. el 11 de noviembre de 2019, en el contexto del Estallido Social. La condena de 540 días de pena remitida, sólo implicará firma obligada.

Durante la efervescencia social que vivía el país a partir del 18 y 19 de octubre de 2019,  pobladores ocuparon la Viña Cousiño Macul como forma de protesta y en exigencia de una solución habitacional.

«J.F.C.D, que se desempeñaba como jornal en una empresa constructora en la misma Viña Cousiño, ubicada muy cerca de su casa, se dirigió el 11 de noviembre del 2019 a su trabajo, pero al llegar a éste se le informa que deben devolverse a sus viviendas. En el trayecto y a poca distancia de su casa, el trabajador fue detenido y golpeado por carabineros. J.F.C.D solo intentó cubrirse la cabeza para así evitar los golpes y puntapies de los uniformados.» indica la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (CODEPU), organismo a cargo de la defensa de la víctima.

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El video de la golpiza propiciada por los funcionarios de Carabineros de Chile fue viralizado rápidamente por redes sociales como una muestra más de los abusos y violencia cometidas por agentes del Estado.

Tras la detención de la víctima, los carabineros intentaron imputarle falsamente un delito y así justificar su criminal actuar, señalando que J.F.C.D portaba un cuchillo, versiones desacreditas y descartadas por la investigación judicial.

El abogado de CODEPU, Gabriel Ramos, señala que "si bien es cierto la condena es a pena remitida, la relevancia del fallo consiste en el reconocimiento que la víctima se encontraba bajo custodia policial, no siendo necesario que el hecho se desarrolle en un cuartel policial" lo que implicó según el abogado "que la pena se aumente en un grado de acuerdo con el artículo 150 D del Código Penal».

Por su parte, Hiram Villagra, también abogado de CODEPU y partícipe del juicio, indicó que "los hechos y la condena del tribunal vienen a ratificar lo que reiteradamente ha señalado CODEPU, el despliegue policial-militar ordenado desde el Estado, tuvo como objetivo castigar a la población civil sin importar si participaban o no en las movilizaciones. Los detenidos, los mutilados, las graves violaciones a los derechos humanos, los apremios ilegítimos, las torturas tenían como objetivo el castigo de los descontentos por las injusticias sociales y frenar la movilización social". "Sólo nos queda confirmar si los condenados Luis Zurita Alarcón y Jonathan Valdivieso Durán fueron dados de baja y emprender las acciones judiciales que permitan que los responsables políticos y del mando asuman sus propias responsabilidades» afirma.

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