Fue durante una protesta a las afueras de la casa del condenado por 7 delitos sexuales, Martín Pradenas Dur, en Temuco, que el funcionario de Carabineros, Francisco Alejandro Ramírez Vergara, habría participado de las agresiones contra el camarógrafo de Ufromedios. Los motivos de las querellas presentadas contra el uniformado apuntan a la obtaculización consciente de la libertad de prensa y ejercicio del periodismo por parte de Carabineros, según afirman desde el Colegio de Periodistas.
Por Juan Contreras Jara
En el Juzgado de Garantía de Temuco se llevó a cabo este miércoles la formalización del carabinero, funcionario de Fuerzas Especiales, Francisco Alejandro Ramírez Vergara, quien habría agredido al camarógrafo Carlos Morales mientras realizaba su trabajo, cubriendo una manifestación el 22 de julio de 2020.
Fue durante una protesta a las afueras de la casa de Pradenas que Morales realizaba una cobertura en directo para Ufromedios, cuando, pese a vestir ropa institucional, llevar su credencial y estar grabando a través de un despacho, fue golpeado por personal policial, esposado, detenido ilegalmente y retenido por más de 7 horas.
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Las querellas contra Ramírez Vergara provienen del agredido, el Colegio de Periodistas y el INDH. En uno de los pasajes de esta última, se expresa que, la violenta detención del profesional se habría gatillado luego de que registrara a al menos 7 policías deteniendo a golpes a una persona «sin que esta opusiera mayor resistencia» y que, «en su labor periodística, enciende el foco de su cámara y comienza a grabar la detención a unos 4 o 5 metros de distancia»
Tras esto, la acción judicial da cuenta de que, «uno de los funcionarios policiales se percata de la grabación y se escucha una orden dada por uno de los que estaba en el procedimiento, de manera textual: SAQUEN A ESTOS WEONES, SÁQUENLO, SÁQUENLO DE ACÁ. Dicha orden quedó registrada en la grabación, y se visualiza a un Funcionario Policial que se abalanza en contra de don Carlos Morales, empuja a otro funcionario para lograr llegar a él y con fuerza y sin mediar provocación alguna, utilizando su escudo golpea la cámara de la víctima, empujándolo y agrediéndolo físicamente para correrlo del lugar, dándole una zancadilla en las piernas que lo lleva al suelo boca abajo, doblando con fuerza desmedida sus brazos logra inmovilizarlo señalándole que se encontraba detenido».
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Desde el Colegio de Periodistas también formaron parte de las querellas, contra un acto que afirman, atenta contra el libre ejercicio de la profesión y el derecho a la información de la comunidad, toda vez que el camarógrafo despachaba en vivo sobre un tema de interés público.
Rocio Alorda, presidenta del gremio de periodistas, explica que, «a él lo presionaron para entregar el material que había grabado, pero el no entregó la tarjeta. Fue hostigado por Carabineros para entregar el material, lo que vulnera la libertad de prensa y todo lo que señala la ley 19. 743 y todo el marco internacional en materia de prensa. Fuerzas policiales no pueden exigir material informativo en ningún formato».
Sobre el atropello contra el acceso a la información, la periodista hace hincapié en que, «Carlos Marales estaba acreditado como prensa, estaba con un equipo periodístico y transmitiendo en vivo. Era de conocimiento de Carabineros que ahí habían equipos de prensa. En ese contexto, cuando hay apremios ilegítimos y detención ilegítima nos parece de gravedad, porque lo que hay ahí es la intención consciente de limitar la libertad de prensa. Hay una toma de decisión de parte de agentes de la fuerza pública para limitar que el hecho periodístico que ahí estaba ocurriendo fuera transmitido a la ciudadanía».
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Es por los hechos antes descritos que el Colegio de Periodistas se querelló por «obstaculizar o impedir en el ejercicio de sus funciones la libre difusión de informaciones por cualquier medio de comunicación social, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la Ley N° 19.733 Sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo".
Por su parte, el INDH alega apremios ilegítimos, adjuntando una serie de solicitudes a Fiscalía para que ejerza diligencias como por ejemplo, «peritaje fotográfico y planimétrico de la versión de la víctima, Se ordene la realización por el SML de informe físico y psicológico basado en el Protocolo de Estambul a la víctima, realizar a la víctima y/o testigos un reconocimiento fotográfico», entre otras.