Hospital de Rancagua retrasó cesárea y dejó a menor con daño neurológico: deberán pagar $300 millones

En Salud

La Corte de Apelaciones de Rancagua condenó al Servicio de Salud de O'Higgins a pagar un total de $300.000.000 por concepto de daño moral a una familia afectada por una negligencia médica en el Hospital Regional. El tribunal estableció que el retardo injustificado en la realización de una cesárea causó secuelas neurológicas permanentes en el recién nacido.

El fallo unánime de la Primera Sala del tribunal de alzada incrementó la indemnización otorgada a la madre a $80.000.000 y revocó la decisión de primera instancia que había excluido al padre y al hijo de la compensación. En consecuencia, el menor recibirá $180.000.000 y el padre, $40.000.000.

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La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la sentencia contra el Servicio de Salud de O'Higgins por la negligencia médica cometida en el Hospital Regional de Rancagua, donde un retraso injustificado en la realización de una cesárea provocó graves secuelas en un recién nacido. El tribunal determinó que la atención brindada a la madre fue deficiente y tardía, lo que expuso al feto a condiciones adversas por más de cuatro horas y media.

El fallo indica que, a las 16:35 horas, se recomendó la interrupción del embarazo debido a signos de sufrimiento fetal. Sin embargo, la intervención se postergó hasta las 21:05 horas, cuando finalmente se realizó la cesárea. Como resultado, el recién nacido presentó un puntaje de Apgar de 6 al minuto, lo que evidenciaba su estado crítico al momento del nacimiento.

El tribunal de alzada consideró que la falta de justificación para el retraso en la intervención constituye una falta de servicio por parte del hospital y el Servicio de Salud de O'Higgins, ya que el procedimiento estaba claramente indicado según la Guía Perinatal. Además, desestimó los argumentos sobre limitaciones en la atención médica del hospital, señalando que la institución debía contar con los recursos necesarios para evitar daños a sus pacientes.

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El tribunal también se pronunció sobre el daño moral sufrido por el menor, quien desarrollará consecuencias neurológicas permanentes debido al sufrimiento fetal prolongado. Aunque el niño tenía condiciones médicas preexistentes, la corte estableció que estas no influyeron en las secuelas derivadas del retraso en la cesárea.

Por otro lado, la sentencia reconoció el impacto emocional en los padres, basándose en el testimonio de la psicóloga Loreto Ibarra Bugueño, quien detalló las graves consecuencias psicológicas que la negligencia causó en la familia. En particular, la madre sufrió un deterioro tanto físico como psicológico tras la intervención tardía, mientras que el padre ha debido reorganizar su vida para el cuidado del menor.

En virtud de estos antecedentes, la Corte de Apelaciones fijó la indemnización en $180.000.000 para el menor, $80.000.000 para la madre y $40.000.000 para el padre. Estos montos deberán ser reajustados según el Índice de Precios al Consumidor y devengarán intereses hasta su pago efectivo.

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