[resumen.cl] La ministra en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, en resolución dictada el pasado 31 de marzo, modificó el procesamiento de Nelson Iván Bravo Espinoza por el secuestro de Ramón Alfredo Capetillo Mora a secuestro calificado, hecho cometido a partir del 8 de octubre de 1973.
Al momento de dictarse el procesamiento en contra de Bravo Espinoza en el año 2004, aún no se descubrían los restos de Capetillo Mora y los otros detenidos que fueron fusilados por funcionarios del Ejército en las cercanías del lago Rapel, hecho que llevó a la magistrada a modificar el grado de participación del uniformado.
De acuerdo a los antecedentes recopilados y modificados en la etapa de investigación, la ministra en visita dio por establecido los siguientes hechos
a) Que, el día 8 de octubre de 1973, funcionarios de Carabineros de la Subcomisaria de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, detuvieron, sin derecho, a Ramón Alfredo Capetillo Mora, desde su domicilio ubicado en el Asentamiento «Campo Lindo» de Paine, y lo trasladaron hasta la Subcomisaria de esa localidad.
b) Que, posteriormente, Capetillo Mora fue trasladado hasta el Cuartel Dos de la Escuela de Infantería de San Bernardo, situado en el Cerro Chena.
c) Que, el día 16 de octubre de 1973, un grupo de soldados de la Segunda Compañía de Fusileros de la Escuela de Infantería de San Bernardo, comandada por el capitán Jorge Eduardo Romero Campos, salió, a cargo de los subtenientes Osvaldo Andrés Magaña Bau, Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, desde el Cuartel Dos de la referida Escuela, ubicado en el Cerro Chena, a bordo de un camión marca Dodge, de color rojo, conducido por el civil Juan Guillermo Quintanilla Jerez, quien vestía uniforme militar, con el objeto de detener a veintidós personas en la localidad de Paine, puntualmente en los Asentamientos «24 de abril», «Nuevo Sendero» y «El Tránsito», llevando consigo a Ramón Alfredo Capetillo Mora.
d) Que, finalmente, todos los detenidos, incluido Ramón Alfredo Capetillo Mora, fueron trasladados hasta una quebrada ubicada en las inmediaciones del Lago Rapel, lugar en que fueron fusilados por los funcionarios del Ejército y el civil antes mencionado e inhumados de manera ilegal en el mismo sitio.
A comienzos de marzo, además, en una anterior resolución (causa rol N° 04-02 «Paine») la ministra Cifuentes encauzó a Arturo Guillermo Fernández Rodríguez por el secuestro calificado de José Cabeza Bueno, Francisco Javier Calderón Nilo, Héctor Castro Sáez, Domingo Octavio Galaz Salas, José Emilio González Espinoza, Juan Rosendo González Pérez, Aurelio Enrique Hidalgo Mella, Bernabé del Carmen López López, Juan Núñez Vargas, Héctor Santiago Pinto Caroca, Hernán Pinto Caroca, Aliro del Carmen Valdivia Valdivia, Hugo Alfredo Vidal Arenas y Víctor Manuel Zamorano González, cometido entre los días 24 de septiembre y 3 de octubre de 1973.
Además responsabilizó a Fernández Rodríguez como autor de los delitos de secuestro calificado de Andrés Pereira Salsberg, René del Rosario Maureira Gajardo, Patricio Loreto Duque Orellana, José Germán Fredes García, Carlos Enrique Gaete López, Rosalindo Delfín Herrera Muñoz, Jorge Hernán Muñoz Peñaloza, Ramiro Antonio Muñoz Peñaloza, Silvestre René Muñoz Peñaloza, Carlos Alberto Nieto Duarte, Laureano Quiroz Pezoa, Luis Ramón Silva Carreño, Basilio Antonio Valenzuela Álvarez, José Domingo Adasme Núñez, José Ignacio Castro Maldonado, Luis Alberto Gaete Balmaceda, Luis Rodolfo Lazo Maldonado, Samuel del Tránsito Lazo Maldonado, Carlos Enrique Lazo Quinteros, Samuel Altamiro Lazo Quinteros, Pedro Antonio Cabezas Villegas y Roberto Estevan Serrano Galaz, en grado consumado, cometidos el día 16 de octubre de 1973.
Por otra parte, en la misma causa, la ministra Cifuentes sometió a proceso y prisión preventiva a Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, en calidad de autor del delito de secuestro calificado de Ramón Alfredo Capetillo Mora, cometido a partir del día 8 de octubre de 1973.
Finalmente, encauzó a Arturo Guillermo Fernández Rodríguez como autor del delito de secuestro calificado de Mario Enrique Muñoz Peñaloza, cometido a partir del día 10 de octubre de 1973.