Fue el 22 de octubre de 2019, que, durante la represión a una protesta desarrollada en el centro de Temuco, en el marco del Estallido Social, el suboficial de Carabineros, Juan Felipe González Ganga, habría disparado a menos de 20 m de distancia su escopeta antidisturbios contra un manifestante, causándole lesiones permanentes en su vista y nariz.
Por Juan Contreras Jara
El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco absolvió este lunes de todos los cargos al funcionario de Fuerzas Especiales de Carabineros, Juan Felipe González Ganga, imputado en primera instancia bajo el cargo de apremios ilegítimos con lesiones graves gravísimas, luego de disparar perdigones al rostro de un manifestante durante el Estallido.
El fallo concluyó con la absolución del policía, pese a la presentación de prueba testimonial, balística y audiovisual, indicó el representante de la víctima, Sebastián Saavedra.
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Según detalló Saavedra, el manifestante resultó «con lesiones en el rostro. Tuvo una fractura en el pómulo derecho y una fractura en la órbita izquierda. Hubo un perdigón que dañó su retina, que le causó un trauma ocular grave en su ojo izquierdo y otro perdigón quedó alojado en la nariz y le produjo una sinusitis crónica. Tuvieron que operarlo tres veces y quedó con una deficiencia grave en su ojo izquierdo, en la parte central tiene visión cero».
El juicio concluyó, en primera instancia, luego de una semana de procedimiento y más de 3 años de investigación, la que se cierra «sorprendentemente» para el abogado, con la absolución del funcionario. Lo anterior, debido a la «calidad de la prueba» que se presentó versus la valoración que dio el tribunal a esta.
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En esta línea, el querellante expresó que, «en este caso, a diferencia de muchos otros en la región, contamos con una cámara de televigilancia de la municipalidad de Temuco, que justamente se encontraba filmando en ese minuto. Es posible observar cuando el carro de Carabineros se acerca a la multitud, se reconoce a la víctima y el momento en el que es impactado. En la cámara de televigilancia se puede ver que él recibe un impacto de frente al vehículo policial. Establece una distancia de 15 m, lo que fue ratificado por la perito planimétrica y la perito balística, lo que también es coincidente con lo que dice la víctima».
Pese al video, los peritajes de las dos peritos de la PDI y la declaración del afectado, los jueces «dicen que no es posible, aun con esta prueba, no es suficiente para acreditar que fue el carabinero, precisamente acusado, el que ejecutó la conducta. Ellos dicen que pudo ser cualquiera de los que estaba en la plaza. Según eso, tendríamos que llevar a juicio a 500 funcionarios policiales».
Indica el abogado que la víctima, un panadero de 29 años de edad, debió dejar el rubro debido a las lesiones y laborar de jornal. Agrega que apelará a la absolución del suboficial de Carabineros, Juan Felipe González Ganga, argumentando que, «con el nuevo sistema, toma mucho valor la prueba inicial, la prueba que no viene del imputado. Tiene que ser razonada y valorada y en este caso, tenemos la versión de la víctima, un video que muestra el momento y que es reconocido por la vícitima y una seguidilla de peritajes que corroboran la versión de la víctima. O sea, es un trabajo científico serio, que logra validar el relato de la víctima».
*El fallo expuesto no debe ser considerado definitivo pues quedan instancias procesales que puedan modificar la sentencia.