En causas diversas, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, dictó procesamiento contra cuatro ex oficiales de Ejército y un civil que actuaba como fiscal militar por delitos de lesa humanidad cometidos contra 9 trabajadores, víctimas de episodios represivos registrados en la provincia de Cautín en septiembre de 1973 y agosto de 1974.
Por: Darío Nuñez
Ocho jóvenes víctimas de secuestro con grave daño
En resolución adoptada en la causa rol 4.473, el ministro en visita encausó al civil entonces fiscal militar ad hoc "scar Alfonso Ernesto Podlech Michaud y a los ex oficiales del Ejército Pedro Guillermo Manuel Tichauer Salcedo, Raimundo Ignacio García Covarrubias y Romilio Osvaldo Lavín Muñoz, en calidad de cómplices del delito de secuestro con grave daño, cometido a partir del 13 de septiembre de 1973 en el Regimiento de Infantería N° 8 "Tucapel" de Temuco, en carácter de delito de lesa humanidad, de las víctimas Hugo Arner González Ortega, Elías Dagoberto González Ortega, Carlos Schmidt Arriagada, Ricardo Augusto Schmidt Arriagada, Juan de Dios Cabrera Figueroa, Héctor Domingo Aguayo Olavarría Alejandro Escobar Vásquez, y Raúl Marcial Figueroa Burckhardt.
El grupo de 8 jóvenes, compuesto por cuatro trabajadores y cuatro estudiantes, fueron detenidos en circunstancias que intentaban salir del país para escapar de la persecución uniformada que se desataba contra ellos, dada su militancia y compromiso con el derrocado gobierno de Salvador Allende. Todos eran militantes del Partido Socialista en la provincia de Cautín.
Hugo Arner González Ortega, de 23 años, era Jefe de Vías y Obras de la Municipalidad de Villarrica; Elías Dagoberto González Ortega, 24 años, era Jefe de Bodegas del Balneario del Banco del Estado de Villarrica; Juan de Dios Cabrera Figueroa, 20 años, era estudiante; Carlos Schmidt Arriagada, 21 años, empleado de la Corporación de la Vivienda (CORVI); Ricardo Augusto Schmidt Arriagada, 18 años, era estudiante; Alejandro Escobar Vásquez, 18 años, estudiante; Héctor Domingo Aguayo Olavarría, 17 años, estudiante; y Raúl Marcial Figueroa Burckhardt, 22 años, decidieron salir del país por estimar que su integridad física y sus vidas corrían serio peligro, los domicilios de algunos de ellos ya habían sido allanados por Carabineros de Villarrica quienes los buscaban intensamente.
El día 13 de septiembre de 1973 los ocho jóvenes tomaron un microbús que los llevaría hacia Curarrehue desde donde intentarían cruzar hacia la Argentina por algún paso fronterizo. Sin embargo, uno de los jóvenes se arrepintió de intentar el cruce, motivo por el cual todos se bajan del vehículo de movilización colectiva en el sector del puente Río Turbio, cerca de la bifurcación del camino hacia Caburgua y Curarrehue. Luego emprendieron la marcha hacia Caburgua, cuidándose de no encontrarse con patrullas militares o de carabineros para no ser detectados.
Sin embargo, kilómetros más adelante fueron detenidos por Carabineros de la Subcomisaría de Pucón que se movilizaban en una camioneta civil, por lo que los jóvenes no sospecharon que podría tratarse de una patrulla. Los ocho detenidos fueron trasladados hasta ese recinto policial y desde allí derivados hacia el Regimiento Tucapel de Temuco.
Las víctimas fueron ingresadas hasta las dependencias del Regimiento de Infantería N°8 Tucapel de Temuco, lugar donde, a partir del 11 de septiembre de 1973, se mantenían en calidad de prisioneros políticos a un gran número de personas provenientes de diferentes puntos de la región. En ese recinto militar fueron puestos a disposición del entonces Fiscal Militar, el abogado Alfonso Podlech Michaud, y sometidos a torturas por oficiales y uniformados pertenecientes al contingente de ese Regimiento.
Los 8 jóvenes habrían sido ejecutados por personal militar del Regimiento Tucapel y luego sus cadáveres hechos desaparecer; según algunas versiones de ex conscriptos de la época, las personas asesinadas eran cargadas en un camión militar y trasladadas hasta el puente Allipen para ser lanzados a las aguas en ese lugar.
Trabajador asesinado en Lautaro
En otra resolución, en la causa rol 113.958, el ministro en visita encausó al entonces teniente del Ejército Ludovico Eduardo Aldunate Herman, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado del trabajador de la Corporación de Reforma Agraria Samuel Alfonso Catalán Lincoleo perpetrado el 27 de agosto de 1974, en la comuna de Lautaro. El ahora ex general del Ejército fue procesado por un delito con carácter de lesa humanidad.
Samuel Alfonso Catalán Lincoleo, de 29 años, se desempeñaba desde 1970 como empleado de la Corporación de Reforma Agraria (CORA) en la comuna de Pitrufquén, estando a cargo de las expropiaciones de predios rurales. Además, era simpatizante del Partido Comunista. En 1973, luego del golpe militar solicitó su traslado a la oficina de Temuco, por lo que comenzó a viajar a esa ciudad desde la comuna de Lautaro, donde residía.
El trabajador fue detenido en su domicilio ubicado en el Fundo Millachiguay el día 27 de agosto de 1974, alrededor de las dos de la madrugada, por una patrulla militar del regimiento reforzado N° 20 'La Concepción' de Lautaro. El grupo aprehensor lo integraban el subteniente Sergio Fernando Alcayaga Barraza, más el sargento Héctor Salazar, algunos clases, soldados conscriptos y el detective Jorge Eusebio Barriga Soto de la Policía de Investigaciones de Lautaro.
La patrulla, que se movilizaba en vehículos militares, llegando al Fundo Millachiguay y al domicilio de la familia Catalán, ingresaron violentamente al inmueble, allanaron la vivienda causando destrozos, y agredieron con golpes de culata y disparos de amedrentamiento a Samuel Catalán Lincoleo para luego reducirlo. Junto con Samuel, en esa misma oportunidad, fueron detenidos Víctor Cristóbal Catalán Trangol, primo de Samuel Catalán, quien se encontraba alojando en el domicilio; Domingo Cayuán Cheuquén, trabajador del lugar, y José Miguel Pacheco Coliluán, vecino de la familia Catalán, quien había sido detenido previo al allanamiento. Todos los detenidos fueron conducidos hasta el Regimiento La Concepción de Lautaro, donde fueron ingresados como prisioneros en dependencias de esa unidad.
Las tres personas detenidas junto con Samuel Catalán, que estaba vinculado al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron interrogadas en el Regimiento por personal militar y dejadas en libertad en días posteriores; no así Samuel, del que nunca más se tuvo noticias de su situación y paradero.
Sin embargo, testimonios posteriores permitieron establecer que una patrulla que estaba a cargo del entonces teniente Ludovico Eduardo Aldunate Herman, y que estaba conformada por unos diez efectivos militares, entre oficiales, clases y conscriptos salió desde el regimiento, en camión, con dirección hacia la piscicultura de Lautaro. En un bosque que había en ese lugar, hicieron arrollidarse al detenido, le cubrieron el rostro con una prenda negra que el mismo vestía, y luego, el ex oficial Aldunate Herman, apoyó su fusil SIG en un arbusto para hacer puntería en la cabeza del detenido, disparándole y ocasionándole la muerte de manera inmediata.
Posteriormente el oficial ejecutor, ahora procesado por este crimen, siguió sus cometidos represivos en la DINA, como integrante de la Brigada Mulchén, y en la CNI, como parte de la Unidad Anti Terrorista (continuadora de la anterior), que operaba en el Cuartel Simón Bolívar, en Santiago.