Realizan reconstitución de escena en la Base Naval de Talcahuano por el asesinato de Ricardo Barra Martínez en 1973

[resumen.cl] El ministro en visita para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana Fuentes, participó este miércoles 25 de mayo en la reconstitución de escena del homicidio de Ricardo Barra Martínez, quien fue asesinado el 28 de septiembre de 1973, en el Fuerte Borgoño de la Base Naval de Talcahuano, luego de haber sido detenido en la comuna de Tomé.

Ricardo Barra Martínez, obrero textil de Tomé, había sido detenido en esa localidad el día 27 de septiembre junto a otras tres personas: Héctor Lepe Moraga, Tránsito Cabrera Ortiz y Miguel Catalán Febrero, todos militantes del MIR de la zona tomecina. Las aprensiones las realizó Carabineros de Tomé pero de inmediato los detenidos fueron puestos a disposición de personal de inteligencia de la Armada.

Al día siguiente, el 28 de septiembre, Ricardo Barra, murió bajo tortura en manos de los especialistas de la marina. Los otros tres detenidos fueron sometidos a espurios consejos de guerra que sumariamente resolvieron la aplicación de expresivas y abusivas condenas. Condenas que no bastaron para saciar la odiosidad y revanchismo de los exaltados uniformados que no trepidaron en ejecutarlos, unos días más tarde, en el sector de Quebrada Honda, en la ruta de Penco a Tomé.

En una manifestación más de las incongruencias del sistema de justicia chileno, la diligencia fue dirigida por el fiscal naval, Alejandro Henríquez Yévenes, porque la diligencia se efectuaba al interior de un recinto militar, y la aberración legal sigue considerando estos recintos como enclaves protegidos. «Debí asistir para presenciar y observar el desarrollo de esta diligencia que fue ordenada por la Corte y -a través del fiscal- hacer preguntas a los participantes, con la idea de aclarar algunas contradicciones en sus versiones», indicó el ministro Aldana, quien asistió como parte interesada.


En esta misma causa, dentro de la próxima semana, el magistrado Aldana interrogará en el Penal de Punta de Peuco, en Santiago, y en un recinto naval de Valparaíso a otros altos mandos de la Armada para obtener nuevos antecedentes. «No se descarta que a raíz de todas estas indagaciones se efectúen nuevos procesamientos», agregó el ministro Aldana.

Por esta causa se encuentran procesados el ex mayor de Carabineros Juan Humberto Utreras Chávez y al ex teniente de la Armada Omar Antonio Dapick Bitterlich, en calidad de autores materiales del delito de aplicación de tormentos  con resultado de muerte; además, del capitán de Navío (r) y ex director de la Escuela de Grumetes de la Isla Quiriquina, Aníbal Octavio Aravena Miranda, como coautor inductor del delito y el marino Patricio Salamanca Marín como autor de homicidio simple.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la investigación, en resolución del 14 de agosto  de 2014, el cadáver de Barra Martínez «presentaba evidencias de golpes y quemaduras de cigarros, morada su piel y la camiseta que usaba, ensangrentada, estado físico que es el resultado de las torturas recibidas, tratamiento que es lo que es coherente con la forma de interrogar que tenían los miembros de Carabineros y las Fuerzas Armadas a los detenidos que se les atribuía actividades terroristas», puntualizó.

Ricardo Antonio Barra Martínez, fue dirigente local del MIR, tenía 24 años cuando fue asesinado. Nació en Tomé en 1949. Vivió junto a sus padres y dos hermanos menores, Pedro y Roberto, en la casa ubicada en el sector San Juan, calle 21 de Mayo Nº 85, Tomé. Hizo la educación primaria en la Escuela D- 417, luego ingresó al Liceo Vicente Palacios donde terminó sus estudios secundarios. Después comenzó a trabajar en la Fábrica de Paños FIAP Tomé, donde se desempeñaba como obrero en la sección de Apresto Seco.

Por el crimen de los otros tres detenidos, la Corte Suprema ratificó en diciembre de 2014 las condenas que habían sido aplicadas por el Ministro Aldana quién condenó, en septiembre de 2013, a los suboficiales en retiro de la Armada, Bernardo del Rosario Daza Navarro, y Juan Heraldo Maldonado Sanhueza, a las penas efectivas de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y el pago solidario de las costas de la causa. Además, condenó a Patricio Enrique Salamanca Marín, soldado primero en retiro de la Armada, a la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos y el pago solidario de las costas de la causa. A este condenado se le concedió el beneficio de libertad vigilada.

Todos los ex marinos antes mencionados integraban una patrulla al mando del entonces capitán de corbeta Carlos Mauricio Blanlot Kerberhard, 2° comandante del Destacamento de Infantería de Marina N° 3 "Aldea", con asiento en el Fuerte Borgoño, de Talcahuano. Este oficial, quien luego llegó al cargo de Almirante, estuvo procesado en esta causa pero falleció de muerte natural hace un par de años, librándose así de una posible condena.

Por su parte, el Fuerte Borgoño, el Destacamento "Aldea" y los agentes de inteligencia naval jugaron un papel gravitante en la ejecución de las labores represivas y punitivas que fueron propias de la época de instauración de la dictadura en la zona. Los recintos de la Armada y de la Base Naval de Talcahuano de convirtieron en campos de prisioneros y centros de tortura, cuestiones que están más que acreditadas en los Informes Rettig, Valech y en una decena de juicios por causas de Derechos Humanos.

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