Suprema “condena” a ex oficiales por fraude en compra de tanques Leopard, pero no tocarán la cárcel

[resumen.cl] La Corte Suprema acogió el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que había absuelto a dos ex oficiales del Ejército por recibir comisiones ilegales por la venta compra/venta de tanques Leopard. Luis Iracabal Lobos -ex DINA vinculado al caso Anfruns- y Gustavo Latorre Vásquez, quienes actuaron como ex director y ex gerente de las Fábricas y Maestranzas del Estado (Famae), habían sido beneficiados con la aplicación de la figura de la prescripción de la acción penal, lo que fue revertido por la Suprema. Eso si, no tocarán la cárcel.

El fallo del máximo tribunal del país declara «Debe tenerse por no discutido en estos autos que entre los años 1995 y julio de 1998, los encartados Iracabal Lobo y Latorre Vásquez, en su calidad de funcionarios públicos que tenían a su cargo caudales o efectos públicos y que se desempeñaban en los cargos de Director de FAMAE y Gerente Comercial de FAMAE, correspondiéndoles, en tal virtud, un rol fundamental en las negociaciones de adquisición de los 200 Tanques Leopard I-V, substrajeron la suma de US$ 298.120, 94 y US$ 298.090,94, respectivamente, hechos que constituyen el delito de malversación de caudales públicos descrito y sancionado por los artículos 233 Nº 3 y 238 inciso segundo del Código Penal»

Respecto a la figura de prescripción del delito, la Corte señaló que no procedía en este caso. Sin embargo, llama poderosamente la atención la utilización de la media prescripción, lo que significa una baja en dos grados de las sanciones. La figura de media prescripción ha sido recurrente a la hora de dar beneficios a criminales de lesa humanidad, pertenecientes al Ejército y a otras ramas de las FFAA. El beneficio se otorgó, según sentencia la Corte, debido al tiempo que transcurrió entre los hechos y la apertura de la investigación. Consigna «Que, en cambio, habiendo transcurrido al momento de dirigirse el procedimiento contra los encartados más de la mitad del tiempo exigido por la ley para la prescripción de los hechos investigados, corresponde acoger en su beneficio las defensas subsidiarias de media prescripción que alegasen oportunamente, con base a lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal y, en consecuencia, imponer la pena considerando el hecho como revestido de dos o más circunstancias atenuantes muy calificadas y de ninguna agravante, como se hará en la resolutiva, determinándose, en consecuencia, rebajar la pena prevista para el delito en dos grados».

Luis Iracabal Lobos y Gustavo Latorre Vásquez aparecen mencionados en una investigación realizada por el Senado Estadounidense que puso bajo su lupa los antecedentes sobre el enriquecimiento ilícito de Pinochet a través de la venta de armas y pertrechos. Son parte del complejo de milicos que llevaron la rienda de 3 sociedades de papel construidas para recepcionar y distribuir el dinero producto de las comisiones ilegales por venta y adquisición de material bélico.

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