
Hace algunos días, reporteros de Canal 13 intentaban grabar lo sucedido con un funcionario de la PDI parapetado en un edificio de oficinas de Las Condes denunciando hechos de corrupción en su institución y expresando su temor a ser asesinado por ello.
Aniceto Hevia
Al ver cómo carabineros impedía al equipo de prensa permanecer en el lugar y luego hacer control de identidad a sus integrantes, el periodista Iván Valenzuela señaló:
“Los movieron a la esquina y en la esquina les fueron a decir de nuevo que se tenían que ir. ¡En la esquina, en la vía pública, que es de libre acceso y ahí amenazaron a los chóferes, esa es la verdad, amenazaron a los chóferes con que iban a pasarles partes!”
“Entonces, ojo, esto tiene cara, cola y forma de abuso de poder y eso no es aceptable, no solo con los medios de comunicación, sino que con cualquier persona. No puede ser usado el control de identidad como una manera de amedrentar a la población. Los carabineros están para combatir a otro tipo de personas, a los delincuentes, no a los periodistas ni a los civiles. Es realmente inaceptable”
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La situación visibilizada en un canal de televisión abierta constituye una práctica recurrente, más aún si se trata de medios locales o comunitarios, y representa una de las vulneraciones detalladas por el Observatorio del Derecho a la Comunicación (ODC) en el informe Resultados del monitoreo de agresiones a la prensa en el periodo 2022 – 2025.
El documento contabiliza y sistematiza diversas agresiones contra la prensa en el lapso que coincide con eel gobierno de Gabriel Boric. Entre sus principales conclusiones se cuentan que:
-Se registraron 485 víctimas o entidades asociadas a comunicaciones atacadas en el ejercicio de sus funciones. Esta cantidad es equivalente a una afectación cada tres días en el plazo observado. De este total, las reporteras/os y analistas concentraron el mayor número de afectaciones, con 270. De personas fotógrafas o camarógrafas se registraron 82 casos, mientras que editoras, directivas o ejecutivas tuvieron 53.
- Se contabilizaron 125 ataques cometidos por actores estatales, destacando a las autoridades públicas con 46 casos y a Carabineros con 45. Los actos atribuidos a la policía frecuentemente son detenciones arbitrarias, agresiones físicas, uso de gas o de carros lanza aguas, o el asedio en situaciones como las descritas inicialmente. Mientras que los actos perpetrados por autoridades públicas tienden a ser más complejos, utilizando distintos recursos, como querellas judiciales.
- Por otra parte, los agresores no estatales acumularon 261 ataques, siendo usuarios de plataformas digitales bajo anonimato o con cuentas reconocibles, quienes se incrementan como atacantes. En el ámbito de las agresiones verbales, escritas y digitales “el amedrentamiento, acoso u hostigamiento es la forma de agresión predominante en esta categoría, acumulando 77 de los 100 casos totales. Solo en 2025, este tipo de ataques se triplicó respecto al año anterior, alcanzando los 36 registros”, asevera ODC.
Hostigamiento judicial
“El hostigamiento judicial se consolida como una de las vulneraciones más sofisticadas del periodo, acumulando 45 casos totales. A diferencia de las agresiones físicas, esta categoría requiere de una planificación, coordinación e inversión sostenida por parte de los agresores para mantener procesos legales en el tiempo”, señala ODC.
El hostigamiento judicial, se expresa en la interposición de querellas por los delitos de injurias y calumnias contra reporteros, los cuales pueden conducir a sanciones como privación de libertad o multas onerosas.
Por los requerimientos propios de este tipo de ataque, quienes lo perpetran deben disponer de ciertos recursos, y usualmente son personas con recursos para ello o bien autoridades públicas que utilizan los institucionales en estas acciones.
El uso de recursos judiciales ante una publicación que informa acerca de situaciones de interés público constituye un acto, en primera instancia, desproporcionado, pues la ley que regula el ejercicio de la prensa y la expresión sostiene que si alguien se sintiera afectado por alguna emisión tiene derecho a réplica, es decir, a que su respuesta que aclare o desmienta lo expresado inicialmente sea publicado a través del mismo canal en el cual se difundieron las aseveraciones iniciales. Todo medio de comunicación está obligado a conceder este derecho, independiente de que luego pueda contestar en otra publicación sus explicaciones del caso.
Entonces, si la norma vigente reconoce el derecho a réplica (todo el Título IV de la Ley 19.733 está dedicado a su implementación), ¿por qué autoridades públicas o personas con los recursos suficientes insisten en prescindir de esta garantía querellarse contra comunicadores? Y, más aún, ¿bajo qué argumento tribunales acogen, e incluso fallan a favor de este tipo de libelos, sin que sus representados hayan utilizado los mecanismos que la propia ley establece para evitar llegar a ellos?
La gravedad de estos hechos no solo radica en la violación de principios jurídicos elementales, también en las repercusiones sobre el propio derecho a la comunicación y la información. Veamos: una demanda contra un editor de prensa de una empresa de comunicaciones, como Canal 13, por ejemplo, no le afecta de la misma manera que a un medio gestionado por sus propios realizadores, carente de respaldo financiero y estructura administrativa. Para estos medios, muchas veces locales, comunitarios o independientes de grandes auspiciadores, una demanda trastoca todo su ejercicio informativo, pues sus pequeños equipos y los modestos recursos con que cuentan deben ser orientados a su propia defensa, postergando su función original. Así, también se vulnera el derecho a la comunicación y se hace de manera cada vez más frecuente.
Es importante señalar que en Chile los delitos de injurias y calumnias fueron tipificados en el Código Penal promulgado de 1874 y, desde entonces, no han sido actualizados. Esta extemporaneidad posibilita que sean usados como ardides para el amedrentamiento, el castigo o la censura contra quienes informan sobre situaciones de interés público.
Francisca Sandoval
El registro también consigna el asesinato de Francisca Sandoval, comunicadora del canal comunitario Señal 3 La Victoria, fue herida de gravedad por un impacto de bala mientras cubría incidentes del Día Internacional de las y los Trabajadores el año 2022 en Estación Central, en presencia de carabineros.


Marcelo Naranjo Naranjo, quien disparó contra manifestantes e integrantes de la prensa independiente, provocando la muerte de la reportera, fue condenado a 24 años de prisión. No obstante, los carabineros que durante esa misma jornada, antes del asesinato Francisca Sandoval, sostuvieron diálogos con sujetos que dispararon contra manifestantes y la prensa, fueron sobreseídos del sumario interno al cual fueron sometidos.
El entonces jefe de la zona metropolitana, Enrique Monrás, señaló “la persona que sale ahí en las imágenes reconoce que entre sus vestimentas tenía una pistola a fogueo, pero no es que desde ahí se haya disparado hacia los manifestantes". Ante ello los funcionarios que dialogaron con estos sujetos fueron sobreseídos.
Imagen principal extraída de articulo19.org