El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago sentenció a Johnny Jarsun Justiniano por cuatro casos de abuso sexual cometidos entre 2018 y 2022 en Estación Central y Providencia. Además, queda inhabilitado de forma perpetua para ejercer su profesión.
El médico ginecólogo Johnny Alberto Jarsun Justiniano fue condenado a 6 años de prisión efectiva por el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, tras ser declarado culpable de cuatro delitos de abuso sexual de mayores de 14 años cometidos entre 2018 y 2022. La sentencia incluye inhabilitación absoluta para ejercer como médico y el pago de las costas del juicio.
Según el tribunal, los ilícitos tuvieron lugar en consultas ubicadas en Estación Central y Providencia, donde el condenado aprovechó su rol profesional para realizar tocamientos de connotación sexual a sus pacientes. Estos actos fueron calificados como "de relevancia y significación sexual" al exceder la praxis médica.
Puedes ver: La Serena: Sacerdote condenado por abuso sexual cumplirá pena en libertad con clases de educación sexual
El fallo estableció que los abusos comenzaron en junio de 2018 y se repitieron en septiembre de 2020, diciembre del mismo año y marzo de 2022, afectando a diferentes víctimas. Las tocaciones involucraron zonas genitales y otras partes del cuerpo, incluso obligando a una de las denunciantes a tocar al acusado.
El fallo unánime señaló que el abuso sexual, conforme al artículo 366 del Código Penal, se configura cuando hay actos de significación sexual relevantes ejecutados sobre una persona mayor de 14 años, aprovechándose de su incapacidad para oponerse. En este caso, el médico excedió los límites de la relación profesional, afectando gravemente a las víctimas.
Además de la pena de cárcel, Jarsun Justiniano deberá proporcionar muestras biológicas para el registro nacional de ADN de condenados. También se le impuso la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y su profesión médica durante el tiempo de la condena.
El tribunal determinó que los actos del médico no solo dañaron a las víctimas sino también a su entorno familiar, alterando profundamente su calidad de vida. Por estos motivos, se aplicó la pena mínima dentro del rango asignado, considerando una atenuante y la ausencia de agravantes.