El Ministro Mario Carroza de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia por el delito de sustracción del menor Claudio Santiago Venegas Lazzaro, de 16 años de edad, detenido por agentes del Estado el día 10 de septiembre de 1974 en la capital.
En el fallo, el Ministro Carroza condenó a 8 ex integrantes de la DINA por su responsabilidad en la desaparición del menor, quien fue visto por última vez por otros detenidos en el recinto clandestino de detención y tortura conocido como "Venda Sexy" o "Discoteque".
La sentencia de primera instancia condena a la pena de cinco años de presidio, sin beneficios, a Manuel Contreras Sepúlveda, César Raúl Manríquez Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Newmann, Gerardo Ernesto Urrich González, todos ex altos oficiales de ejército, Risiere del Prado Altez España, ex funcionario de Investigaciones, y Alejandro Francisco Molina Cisternas, suboficial de carabineros en retiro. Por su parte, los ex funcionarios de Investigaciones, Manuel Rivas Díaz y Hugo Hernández Valle, fueron condenados a la pena de tres años de presidio, sin beneficios.
El cuartel desde donde hicieron desaparecer al menor Claudio Venegas, estaba localizado en la calle Irán N° 3037, esquina Los Plátanos, en la hoy comuna de Macul. En el recinto, denominado en la jerga represiva como "Cuartel Tacora", funcionaba el grupo Chacal que dirigía el oficial de carabineros Miguel Hernández Oyarzo, (ya fallecido y por tal razón no condenado en esta causa), y que dependía de la Brigada Purén de la DINA. El tenebroso cuartel se hizo conocido por los vejámenes sexuales que los agentes represivos cometían contra sus víctimas y porque siempre se escuchaba una música estridente conque los agentes intentaban ahogar los gritos de dolor y terror de los prisioneros cuando estaban siendo torturados.
En la resolución del Ministro Carroza se dan por acreditados los siguientes hechos:
«El día 10 de septiembre de 1974, en circunstancias que Claudio Santiago Venegas Lazzaro caminaba junto a Luis Alberto Olivares Toro por el centro de Santiago, ambos militantes del Partido Socialista, fueron privados de libertad, sin existir orden emanada de autoridad legítima y competente que la justificase, por sujetos que vestidos de civil los condujeron hasta el Cuartel Central de Investigaciones de Chile donde fueron interrogados y les mantuvieron hasta el día 16 de septiembre de 1974, oportunidad en que junto con otros siete militantes de una cédula encubierta del Partido Socialista, son retirados por un funcionario de Carabineros, quien actuando por la Dirección de Inteligencia Nacional -DINA- firmó la correspondiente acta de entrega de detenidos y les trasladó hasta un centro clandestino de detención, ubicado en calle Irán Nº3037, esquina Los Plátanos, de la actual comuna de Macul, conocido como «Venda Sexy» o «Discoteque» -por los vejámenes sexuales que allí se cometían o por encontrarse permanentemente con música de alto volumen-, recinto donde además de privárseles de libertad de forma ilegítima, fueron sometidos a interrogatorios y tortura, y en algunas oportunidades trasladados para recuperarlos hasta los centro de detención «Tres y Cuatro Álamos» y una vez recobrados, devueltos al centro de detención «Venda Sexy» para continuar con las interpelaciones, en fechas indeterminadas, desde ese momento se ignora el paradero de Venegas Lazzaro».
Como se señala en el fallo, Claudio Venegas fue detenido en el marco de una ofensiva represiva contra un grupo activo del Partido Socialista. La mayoría de los detenidos en aquella ofensiva sobrevivieron al paso por los cuarteles secretos de la represión dictatorial y son testigos de la presencia, de las torturas y de la desaparición de su joven camarada.