[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado por los hijos de una trabajadora -quien falleció en abril del año 2016- que cotizaba en AFP Provida, quienes denunciaban a la AFP por retener los fondos acumulados por su madre y no entregárselos como herencia.
"se acoge la acción intentada a fs. 10 y siguientes, debiendo AFP Provida hacer entrega de los fondos reclamados por la parte recurrente por constituir su herencia, con costas." sostiene el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que obliga a AFP Provida a entregar el monto de $4.542.501 a los hijos de la trabajadora Mónica Lorena Jibaja Urrea, reponedora de locales comerciales.
Según la defensa de los demandantes, AFP Provida actúa de manera arbitraria e ilegal utilizando un subterfugio legal para no entregar el dinero. El abogado de Provida señaló que "AFP Provida analizó los antecedentes de los herederos y recurrentes de autos, y constató que ellos eran potenciales beneficiarios de pensión de sobrevivencia, motivo por el cual, no procedía pagar los fondos como herencia, sino como pensión de sobrevivencia".
Sin embargo, los hijos de la trabajadora fallecida no estudian y tienen hijos, e indicaron a la Corte que no tienen interés por estudiar por lo que no caben dentro del subterfugio legal que utilizó la AFP para no entregar los fondos. Es decir, no son beneficiarios de la pensión de sobrevivencia, sino que herederos.
«Que, para esta Corte resulta suficiente la declaración de los recurrentes de que cumplida la mayoría de edad eligieron no estudiar, pues cada uno de ellos tiene hijos y una familia, en consecuencia, ellos no se encuentran en la hipótesis a que alude la recurrida, pues, no obstante, ser menores de 24 años, no se encuentran estudiando», sostiene el fallo.
La Corte dio razón a los hijos de la reponedora fallecida y reconoció como herencia los fondos acumulados por su madre en AFP Provida, por lo que la cuestionada AFP debe entregar los dineros reclamados.
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