La Corte Suprema decidió, en un fallo histórico, revocar la primera medida tomada en favor de la minera El Soldado, garantizando por primera vez el uso mínimo de la población El Melón, comuna de Nogales, en 100 litros por persona. Sin embargo, dejó libre de consecuencias a la minera, dando la responsabilidad a la Municipalidad.
Por Angeles Arriagada Saavedra
La lucha por el agua como derecho se ha enfrentado a los abusos por parte de las empresas, principalmente mineras que representan gran parte del gasto diario del agua, quienes incluso triplican el uso que le dan las personas a este bien común que ya está cotizando en la bolsa de Wall Street. Ante esto, diversas comunidades han entrado el conflicto, tal es el caso de El Melón, localidad perteneciente a Nogales.
Esta minera, según lo declarado por la Corte Suprema en un fallo el pasado 19 de enero, consumió un total 119 litros por segundo, lo cual triplicaba lo que consume esta población de 10 mil habitantes, provocando que los pozos de los que depende este pueblo de la provincia de Quillota disminuyeran o fueran consumidos por la minera. También, este consumo desmedido del agua supera con creces su nivel de litros estipulados en sus derechos de aprovechamiento de agua, lo que es una vulneración al Código de Aguas, en los artículos 14, 22 y 65, ya que esta puede ser utilizada con derechos, pero no puede afectar la vida de las personas; de lo cual, también afirman estaban en conocimiento y aún así no disminuyeron su consumo.
Entre las excusas que dio la empresa para justificar el gasto de agua, aseguró que no era su responsabilidad la baja hídrica en la zona de El Melón, sino que se debe a la poca cantidad de precipitaciones durante los últimos años, considerando que también este sector de la Región de Valparaíso se encuentra en la lista de lugares con crisis hídrica. Otro de sus argumentos es que los derechos de agua que poseen del acuífero "Aconcagua" no tiene una cantidad de litros por segundo determinadas; ya que esta ley se formuló recién en 2019, cuando ellos ya tenían poder sobre este recurso y que, de todas formas, ofrecen ayuda al municipio de Nogales, sobre todo con el tema hídrico.
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La minera a cargo de Anglo American tiene en total 19 derechos de agua dentro de la zona, y entre esos pozos existen algunos compartidos entre ellos y la Municipalidad de Nogales, quienes si bien aseguran que efectivamente existe un acuerdo entre ellos y la empresa, este no llega a lo señalado por la empresa dentro de su exposición en el Máximo Tribunal, por lo cual también se determinó que esta empresa estaba obligada a dar prestación de servicios a la comunidad, que incluyen entrega de agua de camiones aljibes y la mantención de los pozos pertenecientes a la Municipalidad.
Este fallo es histórico, pues rechaza lo dicho por el gobierno en otras ocasiones asegurando el mínimo que exige la ONU para el acceso de las comunidades al agua, ya que este gasto representa el mínimo a comparación de las empresas agrícolas, agrarias, forestales y mineras del país.
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