[resumen.cl] El contundente fallo apunta toda la responsabilidad a distintas instituciones del Estado en la severa crisis por contaminación en Quintero y Puchuncaví. La Corte Suprema revirtió el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y apuntó "sendas omisiones ilegales" por parte del Ministerio del Medio Ambiente, el Ministerio de Salud, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso, la Oficina Nacional de Emergencia y el Ministerio del Interior. Durante el segundo semestre de 2018 más de 1000 personas sufrieron síntomas de intoxicación en las localidades de Quintero y Puchuncaví en una de las zonas con mayor cantidad de industrias en el país.
En conversación con Resumen la abogada Alejandra Donoso de la Defensoría Ambiental planteó que finalmente "salió la sentencia de la Corte Suprema que resolvió en ultima instancia los 12 recursos de protección interpuestos a propósito de los envenenamientos masivos vividos en el segundo semestre de 2018 en la bahía de Quintero". Gran parte de estos recursos fueron interpuestos por la población afectada y organizaciones sociales que apoyaron la iniciativa, como por ejemplo la institución en donde trabaja la abogada.
Donoso planteó que finalmente en la sentencia la corte "acoge nuestras argumentaciones y atribuye las omisiones ilegales en las que incurrieron el Ministerio de Medio Ambiente, el Ministerio de Salud, la Seremi de Salud de Valparaíso, la Oficina Nacional de Emergencias y el Ministerio del Interior". La entrevistada comentó que la sentencia tiene 82 páginas y que estableció que ya en el año 2011 el Estado tenía información sobre estos hechos y su posible repetición tras las intoxicaciones en la escuela La Greda en la localidad de Ventanas.
Alejandra Donoso recordó que esta situación se viene acumulando desde hace 50 años cuando comenzaron a instalarse las primeras industrias en la zona y que terminó el año 2018 con una intoxicación masiva y la aparición de un movimiento social en Quintero y Puchuncaví contra la contaminación.
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Lo planteado por la Corte Suprema viene a confirmar lo establecido desde un comienzo por la comunidad de Quintero y Puchuncaví que apuntó a las bajas medidas de control y fiscalización del Estado frente a los negocios de las industrias instaladas en la zona. Dentro de los puntos que la corte estableció como medida se encuentran: efectuar a la brevedad los estudios para establecer un programa para determinar la naturaleza y características precisas de los gases; hacer un estudio de base de las enfermedades detectadas en la población de las comunas, con el fin de determinar qué patologías se deben a cuál tipo de contaminación; armar una página web informativa con todos los datos, antecedentes, pesquisas, resultados, informes, etc que den cuenta de las distintas actuaciones llevadas a cabo, con el objeto de dar cumplimiento a las medidas de la sentencia.
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