El Tribunal Oral en Lo Penal de Talagante absolvió a cinco funcionarios de Carabineros, acusados por el Ministerio Público como autores de los delitos de apremios ilegítimos, homicidio frustrado y falsificación de instrumento público. Ilícitos presuntamente perpetrados en octubre de 2019, en la comuna de Padre Hurtado en contra de un hombre sordo en el contexto del Estallido Social.
Por J. Murieta
Se trata del caso de Bernardino Becerra, hombre sordo que recibió disparos de carabineros que lo dejaron con 30 perdigones incrustados en su cuerpo, entre su estómago y su brazo izquierdo.
Becerra transitaba en su vehículo que portaba la Cruz de Malta en el contexto de las manifestaciones por el Estallido Social, su vehículo recibió numerosos impactos de perdigones y carabineros le disparó en dos ocasiones.
Según su testimonio, los disparos se produjeron en su intento por escapar de los cercos policiales en medio de las protestas. Las heridas lo tuvieron un mes hospitalizado en en el Hospital San Juan de Dios, luego de ser baleado por Carabineros la noche del 21 de octubre de 2019.
Su historia fue rescatada por Puroperiodismo, donde se explica la compleja situación vivida por la víctima.
El tribunal decidió absolver a los carabineros Miguel Ángel Toledo Álvarez, Jean Pierre Hirsch Aceituno, Enrique Antonio Pulgar Pacheco, Francisco José Tapia González y Máximo Claudio Huaquiñir Calluil, señalando que no se alcanzó el estándar probatorio.
Además, se aplicó la Ley Gatillo Fácil o Naín Retamal, permitiendo así la impunidad en el caso.
La jueza Chacón explicó que: "(...) en esta causa, la mayoría del tribunal estuvo por absolver a los imputados por el delito principal, por decirlo de alguna forma, consistió en las lesiones con las que resultó la víctima y que para la fiscalía eran apremios ilegítimos, para uno de los querellantes era homicidio frustrado y estimó la mayoría que en este caso, no se encontraba acreditado gran parte de los hechos contenidos en las acusaciones, pero adicionalmente a eso se estimó que correspondía la aplicación de la ley 21.560, más conocida como la ley Naín Retamal, que fue dictada recientemente".
Foto: Puroperiodismo