Tras dos años en prisión preventiva absuelven por falta de pruebas a imputados por incendio en municipalidad de Quilpué durante Estallido Social

[resumen.cl] En un fallo unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar absolvió a los cuatro imputados e imputada por el incendio del municipio de Quilpué durante las manifestaciones del Estallido Social, incluyendo una menor de 18 años. Pese a que Fiscalía pedía 20 año de cárcel, no se pudo acreditar ninguna prueba que los inculpara, reafirmando el carácter político de su persecución que tuvo a dos de ellos durante dos años en prisión preventiva.

El fallo estableció que si bien Luis Corvalán entregó un objeto a un sujeto que luego ingresó al recinto incendiado, esto «no permite tener por verdadero que lo que aquel objeto contuviera fuera un elemento acelerante o inflambe que incrementara el incendio, mas aun considerando que la perito química de Labocar Valparaíso señaló que no se determinó la presencia de compuestos volátiles derivados del petróleo en las muestras de restos carbonizados levantados del sitio del suceso».

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En cuanto a Sergio Jaramillo, sólo se acreditó que metió papeles por la ventana, lo que no basta para provocar el incendio.

Respecto de Sebastián González, acusado de lanzar molotov que incrementó el fuego, el tribunal dijo que «declaraciones de carabineros resultaron absolutamente contradictorias y no permiten siquiera clarificar cuál habría sido la conducta que a este acusado se le atribuye, esto es si lanzó alguna botella con algún líquido inflamable o si entró al recinto ya en llamas y vertió algún líquido inflamable».

Finalmente, respecto de M.L.M.M., de edad inferior a 18 años y a quien se le atribuía la frase «quemen esta hueá», el veredicto señaló que «su absolución se decidió por las inconsistencias y contradicciones en las declaraciones de los testigos de cargo, (…) lo que determinó que no se tuviera por probado que había proferido las expresiones que se indican en la acusación y que constituyen el núcleo de la imputación. Además de consignarse que una expresión como la imputada, sin concierto en relación con el delito de incendio, resulta ser una conducta que carece de relevancia penal».

Cabe recordar que el Ministerio Público solicitaba penas de 20 años de prisión para los tres imputados mayores de edad y cinco años de internación provisoria en un centro del Sename para la adolescente.

Este fallo no hace confirmar la persecución política del Estado hacia los manifestantes del Estallido Social a través de sus diferentes organismos, pues los jóvenes estuvieron dos años en la cárcel para luego ser absueltos, por lo que ahora es necesario una justa reparación para ellos y sus familias, así como la liberación de las demás presas y presos políticos que se encuentran en la misma situación.

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