Corte de Apelaciones rechaza recurso interpuesto por carabinero que disparó a Gustavo Gatica en contra de Piensa Prensa

[resumen.cl] La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección que interpuso el teniente coronel de Carabineros dado de baja, Claudio Crespo, quien disparó y dejó ciego a Gustavo Gatica, en contra del medio Piensa Prensa, por informar su participación en el crimen.

En el fallo, el tribunal cita a la Ley de Prensa, particularmente aludiendo a lo dispuesto en el artículo 30 sobre "Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo". "Cabe hacer notar, como se informó por el señor abogado Tomás Ramírez, en estrado ante esta Corte, que el Sr. Crespo, se encuentra formalizado y en prisión preventiva por estos mismos hechos", sostiene la sentencia de la Corte de Apelaciones y que fue informado por La voz de los que sobran.

Asimismo, el fallo también recoge parte de la declaración del director de Piensa Prensa, quien indicó que "debido a la relevancia pública del caso, y la falta de transparencia de la Institución policial, para aclarar lo ocurrido a la opinión pública, distintos medios de comunicación realizaron un seguimiento del caso, recopilando información a través de sus fuentes informativas tratando de esta forma de acceder a la información del caso". Agrando posteriormente que, "Es así como de la revisión de sus registros audiovisuales realizados el 8 de noviembre del año 2019, identificaron a un funcionario de Carabineros, el teniente don Claudio Crespo, portando escopeta antidisturbios, sin embargo, en el informe de la Institución policial, al que hace referencia el periódico La Tercera, no se incluye al citado funcionario, aspecto que presenta a su entender carácter relevante y noticioso", relata.

Es por esto que el tribunal de alzada concluye que "En consecuencia, en estas circunstancias, los medios recurridos, procedieron, al tenor de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley N° 19.733 sobre ‘Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo’, a informar en su momento sobre hechos veraces basados en antecedentes de interés público, referencias que sólo dan cuenta que la labor periodística se ajustó a la realidad de lo ocurrido, con estricto apego a las normas que los rigen", para finalmente concluir "Que, sin perjuicio de lo señalado, cabe hacer notar, como se informó por el señor abogado en estrados ante esta Corte, que el Sr. Crespo, se encuentra formalizado y en prisión preventiva por estos mismos hechos".

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