[resumen.cl] Esta jornada se declaró admisible el recurso de nulidad interpuesto por las defensas de los comuneros mapuche José Tralcal, Luis Tralcal José Peralino, en el contexto del Caso Luchsinger Mackay.
Con esta decisión, será la Corte Suprema quien determinará si el fallo que condenó a presidio perpetuo Luis Tralcal y José Tralcal y a 5 años a José Peralino, será anulado o confirmado.
La condena para estos tres comuneros fue comunicada el pasado 5 de mayo en un segundo veredicto entregado por el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, pues el primero, de 2017, fue anulado luego que la Corte de Apelaciones acogiera el recurso de nulidad interpuesto por la Fiscalía Regional de la Araucanía.
Este primer veredicto había absuelto a los once imputados de esta causa, ya que los jueces no habían encontrado pruebas justificativas de las imputaciones hechas por la Fiscalía. No obstante, en este último fallo se validó la supuesta declaración de José Peralino Huinca, quien -según el Tribunal-, se acogió al beneficio de la delación compensada, sin dar lugar a la denuncia realizada por él mismo, en la cual afirmó haber sido agredido y amenazado por efectivos de la Policía de Investigaciones para firmar una declaración previamente elaborada por el fiscal Alberto Chiffelle y que involucraba al resto de los imputados.
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El viernes 28 de julio, la defensa de José Tralcal logró que se declarara admisible una querella contra el fiscal local de Temuco Alberto Chifelle y efectivos de la PDI. La acción judicial apunta antecedentes alusivos al comunero condenado José Manuel Peralino, los que se encontraron a disposición de los abogados defensores únicamente después de conocida la sentencia condenatoria.
La querella apunta a los delitos de falso testimonio en contra de Iván Andres Rubilar Acevedo y Claudio Leiro Marambio y por obstrucción a la investigación en contra de Alberto Chifelle Marquez, además del delito de falsificación de instrumento público en contra de Ricardo Villegas Pavez
La gravísima condena contra los comuneros se respalda también en una serie de peritajes telefónicos realizados por el Ministerio Público y la PDI de dudosa veracidad.
Entre la cantidad de números de teléfono que señalaron que pertenecían a Peralino, hay otras evidencias que contradicen que pertenezcan al comunero. Un documento de la empresa Movistar dirigido al Fiscal Alberto Chiffelle señala que pertenecen a otras personas.
De los 11 números telefónicos asociados a Peralino, dos de estos, que habían sido comprobados por la PDI, no fueron periciados y además, el que señalan que habría usado para comunicarse el día del atentado, es atribuido a otra persona por la empresa de telefonía.
Una situación similar ocurre con las comunicaciones entre Luis Tralcal Quidel y Celestino Córdova, que tampoco tendrían números asociados con pruebas. En la sentencia los jueces señalaron correspondencia entre los números y los imputados mediante la declaración de la PDI.
El agente Villegas señaló que en mayo de 2013 en una conversación telefónica entre José Peralino y Jocelyn Llanca, "decía que por orden de la machi Francisca Linconao iban a botar una antena que estaba en la cima del cerro Rahue, ya que le molestaba, y que cometerían esa acción", señaló durante el juicio. De esta forma comenzó el vínculo entre José Peralino, bajo la figura de delator compensado en el caso Luchsinger Mackay. En noviembre de 2013 realizó su primera declaración de la cual no hay registros a excepción de los "testigos de oídas" de la PDI.
Dos años después, en otra declaración, se generó la acusación contra los 11 imputados. La tercera declaración en marzo de 2016 fue en un control de detención, donde señaló que los PDI lo hostigaron, persiguieron y amenazaron a él y a su familia si no inculpaba a las 10 personas luego imputadas.
La causa por la que la PDI investigaba a Peralino en relación a botar una antena, fue cerrada concluyendo que "los dichos de Peralino Huinca respecto de botar la antena ubicada en la cima del cerro Rahue, carecen de veracidad, tratándose sólo de una conversación en la que trata de impresionar a su pareja Jocelyn Llanca, no ameritando continuar su investigación".
Werner Luchsinger y Vivianne Mackay era un matrimonio de terratenientes que murió luego que un conjunto de desconocidos incendiaran su vivienda en la comuna de Vilcún.
Los predios que usufructúa esta familia han sido reclamados por diversas comunidades mapuche, las cuales también han desarrollado procesos de recuperación territorial sobre los mismos, teniendo como resultado el encarcelamiento de algunos de ellos y el asesinato de Matías Catrileo, quien el 3 de enero de 2008 participaba en una acción de recuperación en el fundo Santa Margarita, de propiedad de esta familia y fue asesinado por la espalda por el cabo segundo de Carabineros Walter Martínez.
Luego del hecho, el funcionario policial fue procesado por la justicia militar y condenado por "violencia innecesaria con resultado de muerte", estableciéndose la pena de tres años y un día de presidio, para después asignarle el beneficio de libertad vigilada, junto con lo cual, la Contraloría determinó que podía continuar en la institución policial.