Discrepancias judiciales en casos de injurias en Chile: ¿Distinto criterio para medios independientes y medios tradicionales?

La semana pasada revuelo causó la decisión del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago de declarar inadmisible la querella criminal por el delito de injurias graves, interpuesta por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, en contra de la periodista de La Tercera, Leslie Ayala, y su director, José Luis Santa María. No es el mismo criterio que se ha aplicado en el caso de medios independientes.

Una publicación de El Ciudadano relata como en el caso del alcalde de Recoleta, Jadue acusó al medio La Tercera de haber publicado información falsa respecto a las diligencias de la Fiscalía Centro Norte en una investigación por cohecho en contra de Jadue, y en que iba a ser formalizado prontamente.

El tribunal declaró que Jadue debió haber ejercido su derecho de aclaración, rectificación y respuesta, declarando inadmisible la querella.

Sin embargo, no fue el mismo criterio aplicado con el medio independiente El Mostrador.

En mayo pasado, el 8° Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible la querella interpuesta por el alcalde de La Florida, Roberto Carter, por el delito de injurias graves con publicidad contra el director del medio Federico Joannon y el periodista Carlos Saldivia.

La publicación señalaba que La Florida lideraba municipios con mayor cantidad de casos de corrupción de la Región Metropolitana.

La diferencia de criterio no ha sido solo con El Mostrador. También fue el caso de Interferencia, cuyo director, Víctor Herrero, fue condenado por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago debido al reportaje que relataba un posible vínculo de carabineros con robo de madera.

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A ellos cabe agregar la condena contra el exdirector de Resumen, Felipe Soto Cortés, por una investigación en que denunciaba presuntos sobresueldos de funcionarios públicos en la Municipalidad de Quilleco y la querella interpuesta por la Municipalidad de Talcahuano contra la misma persona por una investigación que revelaba la utilización de trabajadores proempleo para hacer aseo en iglesias católicas, evangélicas y colegios particulares subvencionados.

En todos estos casos se ha utilizado la misma figura penal: "injurias y calumnias".

Los cuestionamientos a las querellas se han dado en el marco del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó al Estado de Chile por atentar gravemente contra el derecho de libre expresión y pensamiento del abogado Carlos Baraona Bray, a quien se le condenó por injurias en 2004, luego de cuestionar las actividades de un senador, relacionadas a la tala ilegal de alerce.

La Corte ordenó al Estado chileno a modificar la legislación sobre el delito de injurias, debido a que sus sanciones penales no cumplen con los requisitos de estricta legalidad penal ni con el derecho a la libre expresión.

El criterio parece haber sido aplicado en el caso de La Tercera, pero no de los medios independientes.

 

Foto: Wikipedia

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