[resumen.cl] «Feriados del 2019» fue una de las búsquedas más realizadas estos primeros días de enero en Chile según informó Google. Las ganas de descansar y tener unos días libres de jornadas laborales extenuantes del sistema laboral chileno son una necesidad. A continuación la lista lista de los feriados en 2019 y una breve explicación de como exigir tu derecho al descanso estos días y qué son los feriados irrenunciables, para impedir abusos.
El ordenamiento jurídico vigente y el código del trabajo establecen feriados civiles y religiosos (católicos y uno evangélico) para el territorio nacional (y un par en lugares específicos). Dentro de ellos hay cinco que son irrenunciables, es decir, que bajo ninguna circunstancia el empleador puede hacer trabajar a su planta, estos son: Año nuevo, día del trabajador, fiestas patrias, navidad. Solamente puede trabajar en un feriado irrenunciable quienes lo hagan en la farmacia de turno, atención médica, servicentros, además de restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos y casinos de juego, sin embargo, aún así como trabajador tienes derecho a exigir tu feriado una vez cada dos años mientras mantengas el mismo empleador, es éste quien debe coordinar la rotación de sus trabajadores para estos días.
Para el resto de los feriados, el comercio tiene permiso para funcionar, sin embargo la ley establece que «el empleador deberá compensarlo otorgando un día de descanso en la semana en compensación por las labores realizadas por cada festivo en que deba prestarse servicios. En caso de no cumplir su empleador, debe hacer la denuncia en la Inspección del Trabajo.»
Esta es la lista según la normativa legal para 2019:
Abril: 19 y 20 «Semana Santa» (Ley 2.977)
Mayo: 01 «Día del trabajador» IRRENUNCIABLE (Código del Trabajo, Ley 19.973) – 21 «Glorias navales» (Ley 2.977)
Junio: 29 «San Pedro y San Pablo» (Ley 2.977, Ley 18.432, Ley 19.668)
Julio : 16 «Día de la Virgen del Carmen» (Ley 20.148)
Agosto: 15 «Asunción de la Virgen» (Ley 2.977)
Septiembre: 18 y 19 IRRENUNCIABLE (Fiestas Patrias) (Ley 2.977, Ley 19.973) – 20 «Fiestas Patrias» no irrenunciable (Ley 20.215)
Octubre: 12 «Encuentro de dos mundos» (Ley 3.810, Ley 19.668) – 31 «Día de las iglesias evangélicas y protestantes» (Ley 20.299)
Noviembre: 01 «Día de todos los santos» (Ley 2.977)
Diciembre: 08 «Inmaculada concepción» (Ley 2.977) – 25 «Navidad» IRRENUNCIABLE (Ley 2.977, Ley 19.973)
También el 07 de junio para la Región de Arica y Parinacota, el 20 de agosto en las comunas de Chillán y Chillán Viejo y el 31 de diciembre para trabajadores y trabajadoras bancarias.