Justicia con perspectiva de género: ¿Qué busca la propuesta desde la Convención Constituyente?

[resumen] Históricamente, todas las entidades y organismos que ejercen jurisdicción y que forman parte del proceso de administración de justicia, tanto los que se encuentran dentro del poder judicial como fuera de él, presentan una ausencia de perspectiva de género y enfoque interseccional en el ejercicio de la jurisdicción y la administración de justicia. Esto ha significado una barrera en el acceso a la justicia para mujeres y disidencias. La perspectiva de género en la justicia recientemente aprobada en la Convención Constituyente busca cambiar aquello.

En febrero se aprobó en el pleno de la Convención Constituyente, con 115 votos a favor y 25 en contra, el artículo 14 que busca la paridad y el enfoque de género en el Sistema Judicial. Esta iniciativa está destinada a facilitar el acceso de las mujeres a una justicia que no las discrimine, ni las re victimice o que esté sesgada por estereotipos de género. 

En sus palabras el artículo 14 del informe indica que  "la función jurisdiccional se regirá por los principios de paridad y perspectiva de género. Todos los órganos y personas que intervienen en la función jurisdiccional deben garantizar la igualdad sustantiva".

 

Así, la llamada también "justicia feminista", pasó a ser parte del borrador de la Constitución que debe ser aceptada en el próximo plebisicito de salida.

Esta perspectiva viene a entablar una forma uniforme de entender la justicia; también entendiendo el contexto social/cultural de las víctimas. Puesto que, según indican sus adherentes, se ha demostrado que la falta de una perspectiva de género ha tenido efectos dramáticos en la vida de las mujeres.

Cuestionamientos a la hora de denunciar, tratos denigrantes o revictimización al declarar en juicios, han sido algunas de las consecuencias que se han visto en polémicos casos como el de Antonia Barra, dónde el factor del alcohol en la víctima era un factor de cuestionamiento en su relato.

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En ese sentido, Ximena Gauche, abogada, comenta que se suele hablar desde prejuicios a través del género, sufriendo discriminaciones arbitrarias que responden a una mirada androcéntrica y patriarcal del mundo. Esto genera desigualdad a la hora de emitir los juicios.

¿De qué trata este tipo de justicia?

Según ONU mujeres, la justicia de género es una de las claves para alcanzar los objetivos de desarrollo de los países. En palabras simples, es entender el lugar donde nacen las mujeres y diversidades en el mundo, cómo un punto de partida al ejercer la justicia. Sabiendo que, hay diferencias de desigualdad económica, comunitaria, política y de mercado.

La sumatoria de todas estas situaciones genera que mujeres y disidencias no puedan acceder a la justicia bajo las mismas condiciones que el resto de los ciudadanos, lo que, además, impide la realización de otros derechos.

Según indica la norma: "la incorporación del enfoque de género, tanto en la formación inicial de los operadores de justicia y sujetos procesales en todos los niveles, como la capacitación constante, obligatoria y de calidad, permitirá combatir los estereotipos de género y la cultura judicial permeada por el machismo, pues al ser conscientes de las necesidades y dificultades de cada grupo".

Así, según indican, se estaría otorgando justicia sin discriminación y al mismo tiempo, dando cumplimiento a los tratados internacionales que obligan al Estado de Chile, a sus interpretaciones y las recomendaciones realizadas por órganos internacionales de derechos humanos.

Entendiendo que, existen en el mundo situaciones asimétricas de poder o contextos de desigualdad estructural, basados en categorías como el sexo, género u orientación. 

Los ejemplos de algunos casos

Según se consigna en la Corte Suprema desde el 2016 se han hecho esfuerzos por implementar esta perspectiva en variados casos en Chile. Un ejemplo de ello, fue el de Lorenza Cayuhan que fue obligada a parir engrillada. La custodiaban tres gendarmes hombres y en la sentencia se declaró que sufrió una doble discriminación; por ser mapuche y mujer.

Y la más reciente, desde la Corte de Apelaciones de Santiago en la resolución de mujeres víctimas de violencia política sexual durante la dictadura. La resolución indicó que "Al analizar los hechos y sus consecuencias esta Corte tomará en cuenta que aquéllas se vieron afectadas por los actos de violencia de manera diferente a los hombres, los que son calificados como especialmente graves y reprobable, tomando en cuenta la vulnerabilidad de las víctimas y el abuso de poder que desplegaron los hechores»

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También el Poder Judicial de Chile publicó un cuaderno de Buenas Prácticas para incorporar la Perspectiva de Género en las Sentencias, realizado por la Secretaría de Equidad de Género y No discriminación. 

Todas estas iniciativas han sido lideradas por juezas y fiscales que han declarado que la ley no es de igual acceso para las mujeres.Incluso cómo incentivo para su aplicación,  se realizó un concurso sobre sentencias para destacar e imitar en resolución que implementaron la justicia feminista.

Si se llega aprobar esta norma en la Convención, Chile se sumaría a los países que ya implementan esta perspectiva tales como Argentina, Colombia, España, Francia y Alemania.

Ximena Gauché, abogada licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, comenta al respecto que, esta perspectiva debe ir un poco más allá e implementar también el enfoque de derechos humanos de manera bilateral:

"Se debe unir el enfoque de género con la perspectiva de los derechos humanos, porque no es lo mismo ser una mujer adulta que una adolescente, ser lesbiana que heterosexual, adulta mayor que una joven; por tanto, la atención desde el aparato público, de acuerdo con las recomendaciones del sistema interamericano deben mirar la perspectiva de género para reconocer las causas y trabajarlas con ese enfoque", comenta.

Durante los últimos 50 años hubo un importante desarrollo teórico y práctico con el propósito de develar las distintas relaciones e influencias que han existido entre el género y el funcionamiento del sistema penal y sus agencias. Pero aún hay mucho por hacer.

Por ello, relatan las abogadas de ABOFEM, una de las organizaciones proclamadoras de la norma, su implementación debe ser de manera urgente y transversal en todas las áreas del Sistema de Justicia. 

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