Justicia ratifica multa a Buscalibre por accidente laboral en máquina troqueladora

La Duodécima Sala del tribunal de alzada capitalino rechazó el recurso de nulidad presentado por la librería online, confirmando la sanción de 40 UTM impuesta por la Inspección del Trabajo debido a fallas en medidas de seguridad.

En fallo unánime, la Duodécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado por Buscalibre SA contra la sentencia que confirmó una multa de 40 UTM por un accidente laboral ocurrido a un operario en su mano mientras intervenía una máquina troqueladora. El tribunal determinó que la empresa no cumplió con su deber legal de proteger eficazmente la salud y seguridad de sus trabajadores, según lo dispuesto en el artículo 184 del Código del Trabajo.

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En un fallo unánime (causa rol 3.988-2023), la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sanción de 40 UTM aplicada a la librería online Buscalibre SA por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Norte, tras un accidente laboral en una máquina troqueladora. La resolución desestimó el recurso de nulidad presentado por la empresa, que buscaba revertir la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

El tribunal de alzada, compuesto por el ministro Guillermo de la Barra y las ministras Graciela Gómez y Verónica Sabaj, concluyó que Buscalibre incumplió con su deber de vigilancia y prevención de riesgos laborales. Según el fallo, la empresa no realizó un análisis seguro de trabajo (AST) previo a la tarea de engrasar los engranajes de la máquina, actividad que derivó en el accidente.

El fallo también subrayó que, aunque la lubricación de la máquina no era responsabilidad directa de los trabajadores de Buscalibre, la empresa debió adoptar medidas correctivas para eliminar riesgos inherentes a dicha labor. "No bastaba con identificar el peligro y externalizar su ejecución a un tercero especializado; la empresa debía garantizar condiciones seguras para evitar accidentes", señala la resolución.

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La Corte enfatizó que el artículo 184 del Código del Trabajo obliga a los empleadores a tomar todas las medidas necesarias para proteger la vida y salud de sus trabajadores, manteniendo estándares adecuados de higiene y seguridad. En este caso, el tribunal consideró que la empresa no cumplió con estos requisitos mínimos.

Con esta decisión, se ratifica la sanción impuesta a Buscalibre, marcando un precedente sobre la importancia del cumplimiento estricto de las normas de seguridad laboral en faenas industriales.

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