El 11 de octubre, en un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección presentado por la madre de un alumno con trastorno del espectro autista (TEA) en contra del Liceo Jorge Teillier de Lautaro, tras constatar el actuar ilegal y arbitrario del establecimiento educacional por vulneración de sus derechos fundamentales.
Por Catalina Epul Rojas
Tras largos meses de espera, finalmente la madre del alumno TEA consiguió el fallo de la Corte de Apelaciones que insta al Liceo H.C. Jorge Teillier Sandoval a realizar los ajustes razonables para permitir la sana integración del alumno dentro del establecimiento, respetando su condición y caso particular.
El caso cobró fuerza el 29 de mayo, cuando el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de La Araucanía se adhirió al amparo presentado por la madre, solicitando también a la Corte mayor información sobre la preparación del personal del liceo donde estudia el joven.
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"En efecto, al tratarse de una persona de un grupo de especial protección, a los órganos del Estado, incluida la comunidad educativa del liceo, se les impone actuar con la debida diligencia para atender y considerar las particularidades propias del joven. Estas se conculcan si no se consideran sus particularidades propias. También es central tener presente el interés superior del niño", argumenta el INDH de la región en el caso presentado.
La resolución de la Corte de Apelaciones destaca que la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Chile reconoce que todas las formas de discriminación son inaceptables, incluyendo la falta de ajustes razonables. Estos ajustes son modificaciones necesarias para garantizar que las personas con discapacidad puedan disfrutar de sus derechos en igualdad de condiciones. También se enfatizan principios como el respeto a la dignidad, la autonomía, la inclusión social y la igualdad de oportunidades, reconociendo la diversidad y la importancia de permitir que cada persona tome sus propias decisiones.
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La Corte ha decidido a favor de la madre del menor con TEA, ordenando al Liceo H.C. Jorge Teillier Sandoval que implemente, en un plazo de 30 días, ajustes razonables. Estos ajustes incluyen permitir horarios diferenciados para el almuerzo, opciones de vestimenta que el menor considere cómodas, la posibilidad de clases en línea cuando sea viable y colaborar en un diagnóstico personalizado para atender sus necesidades, además de promover la Ley 21.545 en toda la comunidad educativa.
Por ahora, el liceo ya debería estar trabajando en dichas medidas para permitir la flexibilización de las normas escolares, promoviendo así la sana convivencia y la integración de los alumnos que requieran estas flexibilizaciones.