Corte Suprema de México despenaliza el aborto en un histórico fallo

[resumen.cl] En una histórica jornada, el día de ayer la Corte Suprema de México declaró inválido un artículo penal que imponía cárcel a quien interrumpiera voluntariamente su embarazo, quedando de esta forma despenalizado el aborto en toda la república mexicana en un paso importante en los derechos de las mujeres.

La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) de México declaró inconstitucional por unanimidad el artículo 196 del código penal de Coahuil que la penalizaba con peñas de hasta tres años de cárcel «a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento».

Con esto, el aborto queda despenalizado en la totalidad de los 32 Estados de México, pues hasta sólo no era castigado en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

«El asidero del derecho penal para sancionar a quien interrumpe voluntariamente su embarazo no es aquí una potestad disponible para el legislador, pues están los derechos humanos en juego», señaló a los medios la ministra de la Corte Suprema, Margarita Ríos-Farjat.

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Como consecuencia, se asegura «la garantía de que las mujeres o personas gestantes que así lo decidan puedan interrumpir su embarazo en las instituciones de salud pública de forma accesible, gratuita, confidencial, segura, expedita y no discriminatoria».

«El Estado no sólo debe abstenerse de forma absoluta de penalizar el aborto, en donde se restrinja el derecho de las mujeres o gestantes a decidir sobre su propio cuerpo, sino que además debe garantizar condiciones mínimas para que ello sea posible», añadió la también ministra, Norma Piña.

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